Servicios para usuarios particulares

Ofrecemos nuestro servicio de legalización de instalaciones fotovoltaicas también a particulares que han contratado los servicios de un instalador autorizado de categoría especialista para que ejecute y certifique la instalación.

¿Puede un particular ejecutar su propia instalación fotovoltaica?

Si atendemos a la letra del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), la respuesta es que no. En el punto 2 del artículo 18 el REBT establece claramente que "las instalaciones eléctricas deberán ser realizadas únicamente por instaladores autorizados". Una instalación fotovoltaica es una instalación más de generación en baja tensión de las previstas en la instrucción técnica número 40 (ITC-BT-40) del REBT. Sin embargo, es notorio que existen Kits de montaje con instrucciones al alcance de cualquiera, de la misma forma que hay numerosos electricistas que ejecutan instalaciones sin ser instaladores autorizados, y sin formar parte de una empresa instaladora autorizada.

Lo que no impide la Ley es que usted pueda gestionar todo el proceso, encargar la instalación y su certificación a un instalador autorizado, y contratar nuestros servicios para que obtengamos el permiso de obra y la legalicemos en un tiempo record.