Instalación eléctrica de bares y restaurantes

Bares y restaurantes se consideran locales de pública concurrencia de acuerdo con la instrucción técnica ITC-BT28 del Reglamento Electrotécnico (España) y se deben aplicar los requisitos de dicha instrucción.

Para legalizar la instalación eléctrica hace falta:

Al intervenir un técnico cualificado, la responsabilidad del diseño es del facultativo (Técnico) y la responsabilidad de la ejecución es del instalador. El Técnico debe emitir también un certificado final de obra donde certifica que las mediciones de los resultados son favorables y que la instalación ejecutada se ajusta al proyecto presentado, con las modificaciones que indique el propio certificado (si fuera necesario).

Desde 2011 en Cataluña se ha ido implantando un sistema digital de tramitaciones que ha trasladado la responsabilidad de inscribir las instalaciones desde las entidades de inspección colaboradoras de la Generalitat hacia los titulares de dichas instalaciones. Antes de la entrada en vigor de dicho sistema, para inscribir una instalación de un bar o un restaurante había que ir a una entidad de inspección con la documentación requerida (CIE/boletín, proyecto, certificado final de obra, contrato de mantenimiento) y ellos la inscribían. De la oficina salías con el boletín (CIE) y el proyecto sellados, todo en papel, indicando en el sello el código del registro realizado. Todo eso quedó atrás, y aunque las entidades de inspección continúan prestando ese servicio, ahora no lo hacen en exclusiva, y aparece la figura de la Declaración Responsable del Titular.

A día de hoy en Cataluña todo el proceso de legalización de una instalación eléctrica es digital, y en el trámite no se ha de adjuntar copia del CIE ni del proyecto eléctrico. Se aportan los datos principales de la instalación, los datos de las personas involucradas, y se obtiene el número de registro bajo la responsabilidad de cada uno y en lo que afecte a cada uno. En el caso de los bares y restaurantes hay un grado adicional de control, ya que tanto el proyecto como el certificado son revisados por la entidad de inspección, incluyendo la propia instalación en una inspección física.

Los requisitos técnicos exigibles a las instalaciones eléctricas de bares y restaurantes no han cambiado prácticamente nada desde la aprobación del Reglamento en 2002. El cambio más substancial se ha producido en los procedimientos de legalización y en la fisolofía que los inspira. El proceso se ha digitalizado y se ha incorporado la voluntad de facilitar y simplificar los trámites. El objetivo se ha cumplido con notable éxito en Cataluña, aunque todavía sigue habiendo numerosos instaladores perdidos, añorando los tiempos de la oficina donde ibas con los papeles y te lo hacían todo. Hoy sigue siendo posible hacerlo así, pero cobran por el servicio, naturalmente. Hoy en día cualquier persona física o jurídica puede actuar como gestor en la inscripción de instalaciones. Dicho gestor suele ser habitualmente el instalador o el técnico.

Los requisitos técnicos particulares de las instalaciones de pública concurrencia son sobradamente conocidos, y se resumen a continuación en la siguiente lista no exhaustiva

Última actualización: 23 de enero de 2022